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Se termino el curro: el gobierno eliminó el pago a Sadaic para pasar música en fiestas privadas

Por Redacción

Miércoles, 28 de agosto de 2024 a las 15:22

El Gobierno nacional modificó la ley de Propiedad Intelectual mediante el decreto 765/2024, publicado en el Boletín Oficial, introduciendo cambios significativos en la regulación del cobro de cánones por el uso de música en eventos privados y en medios digitales. Anteriormente, el artículo 33 de la ley 11.723 establecía que cualquier representación o ejecución de música en un lugar que no fuera un domicilio privado, o incluso dentro de este si la música se proyectaba hacia el exterior, era considerada como ejecución pública y, por lo tanto, sujeta al pago de derechos a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (Sadaic). Con el nuevo decreto, este concepto se redefine, eximiendo a los eventos de carácter privado de dicho pago.

El decreto también actualiza la normativa en relación con los medios tecnológicos y digitales, considerando la evolución en el acceso y uso de plataformas de streaming e Internet, que la legislación anterior no contemplaba. Ahora, la "ejecución pública" se define como aquella que se lleva a cabo en un espacio de acceso público dirigido a una pluralidad de personas, independientemente del medio utilizado, ya sea mecánico, electrónico o digital.

Esta modificación beneficia especialmente a los organizadores de eventos privados en salones de fiestas, hoteles, bares y restaurantes, quienes ya no estarán obligados a pagar un canon por la reproducción de música. Según el secretario de Turismo, Ambiente y Deportes, Daniel Scioli, esta medida es parte de una política de desregulación económica promovida por el presidente Javier Milei, destinada a fortalecer la competitividad de la industria turística. Scioli destacó que "los hoteles ya no deberán abonar tasas por derechos de autor ni por la reproducción de música en las habitaciones, consideradas ámbito privado", subrayando el impacto positivo de la nueva normativa.